Registro de Defunción
Registramos la defunción de tu familiar y obtenemos el acta, el documento que necesitas para sucesión, pensiones y trámites. Te acompañamos con respeto.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Familiares de una persona fallecida que necesitan registrar la defunción y obtener el acta para iniciar sucesión, pensiones y demás trámites
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión de tu caso y de los recaudos.
- Preparación de las declaraciones o documentos necesarios.
- Gestión del trámite ante la oficina de Registro Civil.
- Acompañamiento de un abogado durante el proceso.
- Entrega del acta y copia certificada.
No incluye
- Las tasas oficiales del Registro Civil, si aplican (suelen ser mínimas o gratuitas).
- Trámites judiciales, si el caso los requiere (se cotizan aparte).
- La apostilla del acta para usarla en el exterior (servicio aparte que también hacemos).
- Documentos base que no tengas y haya que gestionar por separado.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 3.
- Datos y documento de identidad de las personas involucradas
- Los recaudos propios del acto (te decimos exactamente cuáles según tu caso)
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 7 días hábiles.
- Paso 1
Nos cuentas tu caso
Escuchamos tu situación y revisamos los recaudos.
Lo haces tú - Paso 2
Preparamos el expediente
Armamos lo necesario para presentar.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Gestionamos ante el Registro
Hacemos el asiento de la defunción.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el acta y su copia certificada.
Lo recibes tú
Según la oficina de Registro Civil.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
Las tasas del organismo, si las hay. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión es principalmente un honorario, porque el trámite en sí es muy económico. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 40 USD, por gestionar el trámite de principio a fin
Lo que se paga al Estado, por ley, la primera inscripción y la primera copia certificada de las actas del Registro Civil son gratuitas (Ley Orgánica de Registro Civil). Solo hay costos menores en copias adicionales o recaudos, en bolívares a la tasa del BCV El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no registro la defunción?
No puedes abrir la sucesión, cobrar seguros ni pensiones, y el fallecido sigue vivo para el Estado. Todo lo demás depende de esta acta.
¿Para qué necesito registrar la defunción?
Es el acta que prueba el fallecimiento y habilita sucesión, seguros y pensiones.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 40 USD cubre la gestión completa del registro; los aranceles oficiales, si aplican, van aparte.
¿Qué necesito para registrarla?
El certificado médico de defunción y los datos del fallecido; nosotros gestionamos el resto.
¿Hay plazo?
Sí, y conviene hacerlo pronto; si ya pasó, hay una vía para el registro fuera de lapso.
Sobre este trámite
Perder a un ser querido ya es bastante difícil como para además pelear con un trámite. El registro de defunción es el acta que certifica legalmente el fallecimiento, y la vas a necesitar para casi todo lo que viene después: la sucesión y la herencia, cobrar pensiones o seguros, cerrar cuentas, y cualquier gestión ante bancos u organismos. Sin ella, el proceso de la familia se traba por completo. La declaración debe hacerse pronto tras el fallecimiento, con el certificado médico de defunción. Nosotros nos encargamos del trámite con la delicadeza que el momento merece: gestionamos la inscripción, verificamos que los datos estén correctos para que no haya que corregir nada después, y te entregamos el acta. Queremos que tú puedas ocuparte de tu familia mientras nosotros nos ocupamos del papeleo.
Marco legal y notas importantes
Ley Orgánica de Registro Civil · Código Civil
- La declaración de defunción se hace con el certificado médico de defunción, poco después del fallecimiento
- El acta es requisito para sucesión, pensiones y cierre de cuentas
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.