Venta con Reserva de Usufructo
Transfieres la propiedad pero te reservas el derecho de usar y disfrutar el inmueble mientras vivas. Aseguras el futuro sin perder tu techo hoy.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Propietarios que quieren dejar resuelta la herencia de su inmueble a sus hijos pero seguir usándolo y viviendo en él hasta fallecer
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Asesoría sobre la figura adecuada según tu objetivo patrimonial.
- Revisión de que el inmueble esté limpio (recomendamos estudio registral previo).
- Redacción del documento con las cláusulas que te protegen.
- Protocolización ante el Registro Inmobiliario.
- Acompañamiento de un abogado durante todo el acto.
No incluye
- El arancel del registro, calculado sobre el valor del inmueble o del derecho.
- Las solvencias municipales y catastrales, si hay que gestionarlas (servicio aparte). Te lo gestionamos aparte:Permisos municipales →
- La verificación registral previa del inmueble (servicio aparte recomendado).
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 4.
- Documento de propiedad vigente del inmueble
- Solvencias municipales y cédula catastral según el caso
- Datos de las partes (vendedor, que se reserva el usufructo, y comprador)
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 7 a 18 días hábiles.
- Paso 1
Evaluamos la figura
Confirmamos que vender reservando el usufructo es lo que buscas.
Lo hacemos nosotros - Paso 2
Redactamos el documento
Separamos la nuda propiedad del usufructo.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Protocolizamos en el Registro
Reunimos solvencias y firmamos ante el Registro Inmobiliario.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el documento protocolizado.
Lo recibes tú
Según solvencias y disponibilidad del registro.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes bien distintas. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 165 USD, por asesorar, redactar y protocolizar el acto de principio a fin
Lo que se paga al Estado (SAREN), el derecho de registro, calculado por ley sobre el valor del inmueble o del derecho constituido, más las planillas. Ese monto es del registro, no se queda con la firma, y depende del valor del bien El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si vendo y no me reservo el usufructo por escrito?
El comprador puede pedirte que te vayas al día siguiente. La reserva protocolizada te garantiza seguir usando el inmueble de por vida o por el tiempo pactado.
¿Puedo vender y seguir usando el inmueble?
Sí: vendes la propiedad pero te reservas el usufructo de por vida.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 165 USD cubre la redacción, el visado y la protocolización; el arancel del registro va aparte y se calcula sobre el valor del bien.
¿El comprador puede venderlo después?
Sí, pero con tu usufructo encima: quien compre lo respeta.
¿Quién paga impuestos y mantenimiento mientras tanto?
Se pacta en el documento; por regla, el usufructuario.
Sobre este trámite
Esta es una de las herramientas de planificación patrimonial más inteligentes que existen, y poca gente sabe que puede usarla. Consiste en transferir la propiedad de tu inmueble a tus hijos o a quien quieras, pero reservándote el usufructo: es decir, el derecho a seguir viviendo en la casa, usarla o alquilarla y cobrar esa renta, hasta que fallezcas. Divides la propiedad en dos: tus hijos reciben la nuda propiedad, y tú te quedas con el uso y disfrute de por vida. Con esto logras dos cosas maravillosas al mismo tiempo: dejas resuelta la herencia sin que nadie tenga que pelear ni pasar por una sucesión el día de mañana, y no pierdes tu techo ni tu tranquilidad mientras vivas. Nadie te puede sacar. Nosotros te asesoramos sobre si esta figura te conviene, redactamos el documento reservando correctamente el usufructo vitalicio, y lo protocolizamos ante el Registro Inmobiliario. Aseguras el futuro de los tuyos sin renunciar a tu presente.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil
- Se transfiere la nuda propiedad reservando el usufructo (uso y disfrute) de por vida al transmitente; separa nuda propiedad de usufructo
- Se protocoliza y paga arancel
- Herramienta de planificación patrimonial
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.
Con este trámite, casi todos piden también
Súmalos a tu maletín y te cotizamos todo junto, sin compromiso.