Legalización de Exequátur
Legaliza el exequátur ante el Registro Principal para que la sentencia extranjera ya validada surta efecto pleno en el país. Gestionamos todo.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Personas que ya obtuvieron el exequátur de una sentencia extranjera y necesitan legalizarlo para usarlo ante organismos en Venezuela o apostillarlo
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión del documento antes de gestionar.
- Gestión de la legalización ante el Registro Principal o el SAREN digital.
- Acompañamiento de un abogado durante el trámite.
- Entrega del documento legalizado.
- Orientación sobre apostilla y sobre el trámite relacionado.
No incluye
- El arancel oficial del Estado (se paga aparte).
- La apostilla para el exterior (trámite adicional que ofrecemos).
- El juicio o proceso judicial en sí, si aún no tienes la decisión firme.
- La traducción certificada si el país destino la exige. Súmala a tu trámite ↓
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 3.
- Copia certificada del documento judicial con constancia de firmeza cuando aplique
- Cédula de identidad del solicitante
- Datos del expediente y tribunal que lo emitió
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 5 días hábiles.
- Paso 1
Nos envías el exequátur
Nos mandas tu exequátur y tus datos.
Lo haces tú - Paso 2
Revisamos el documento
Verificamos que esté completo y en regla.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Gestionamos la legalización
La legalizamos ante el Registro Principal o el SAREN digital.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el documento legalizado y te decimos si necesitas apostilla.
Lo recibes tú
Varía según el Registro Principal.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 45 USD, por gestionar y acompañar el trámite
Lo que se paga al Estado, el arancel oficial del Registro Principal, en bolívares a la tasa del BCV, que no se queda con nosotros El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si tengo el exequátur y no lo legalizo?
La sentencia extranjera ya reconocida se queda en el expediente: bancos, registros y otros entes no la aplican hasta ver el exequátur legalizado.
¿Qué es legalizar un exequátur?
Preparar la decisión extranjera ya reconocida en Venezuela para que surta efecto donde la necesitas.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 45 USD cubre la legalización ante el Registro Principal; los aranceles oficiales van aparte, y la apostilla se agrega según el destino.
¿La necesito apostillada?
Depende del destino; te orientamos según el país.
¿Ustedes tramitan el exequátur?
Aquí legalizamos el ya obtenido; el juicio de exequátur ante el TSJ o el Tribunal Superior es un servicio aparte.
Sobre este trámite
El exequátur es la decisión que reconoce en Venezuela una sentencia dictada por un tribunal extranjero, dándole fuerza ejecutoria; lo otorga el TSJ en los casos contenciosos o un Tribunal Superior en los no contenciosos. Una vez que ya tienes el exequátur, para hacerlo valer ante registros, bancos u organismos suele requerir legalización del Registro Principal. Aquí gestionamos esa legalización del exequátur ya obtenido y te lo entregamos listo, y si lo necesitas afuera, tramitamos la apostilla. Ojo: si todavía NO tienes el exequátur y lo que necesitas es obtenerlo, ese es un juicio ante el TSJ o el Tribunal Superior que también llevamos como servicio aparte; pregúntanos y te orientamos en qué punto estás.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil · Código de Procedimiento Civil · Convenio de La Haya de 1961 (Apostilla)
- El documento debe estar firme cuando su naturaleza lo exija.
- Si los datos no coinciden con el sistema, el trámite se rechaza.
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.