Registro de Decreto de Adopción
Inscribimos el decreto de adopción en el Registro Civil para que se emita la nueva acta de nacimiento de tu hijo adoptado. Te acompañamos en cada paso.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Familias que ya tienen el decreto de adopción de un tribunal y necesitan inscribirlo para obtener la nueva acta de nacimiento del niño
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión de tu caso y de los recaudos.
- Preparación de las declaraciones o documentos necesarios.
- Gestión del trámite ante la oficina de Registro Civil.
- Acompañamiento de un abogado durante el proceso.
- Entrega del acta y copia certificada.
No incluye
- Las tasas oficiales del Registro Civil, si aplican (suelen ser mínimas o gratuitas).
- Trámites judiciales, si el caso los requiere (se cotizan aparte).
- La apostilla del acta para usarla en el exterior (servicio aparte que también hacemos).
- Documentos base que no tengas y haya que gestionar por separado.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 3.
- Datos y documento de identidad de las personas involucradas
- Los recaudos propios del acto (te decimos exactamente cuáles según tu caso)
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 7 días hábiles.
- Paso 1
Nos cuentas tu caso
Escuchamos tu situación y revisamos el decreto.
Lo haces tú - Paso 2
Preparamos el expediente
Armamos lo necesario para presentar.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Gestionamos ante el Registro
Asentamos el decreto de adopción.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el acta y su copia certificada.
Lo recibes tú
Según la oficina de Registro Civil.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
Las tasas del organismo, si las hay. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión es principalmente un honorario, porque el trámite en sí es muy económico. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 45 USD, por gestionar el trámite de principio a fin
Lo que se paga al Estado, por ley, la primera inscripción y la primera copia certificada de las actas del Registro Civil son gratuitas (Ley Orgánica de Registro Civil). Solo hay costos menores en copias adicionales o recaudos, en bolívares a la tasa del BCV El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el tribunal decretó la adopción y no la registro?
El acta del niño sigue igual: para colegio, viajes y herencia no eres su padre o madre. El registro es lo que hace real el vínculo.
¿Qué hace el registro del decreto de adopción?
Asienta la adopción ya decretada para que el vínculo quede oficial en el Registro Civil.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 45 USD cubre la gestión del registro; los aranceles oficiales, si aplican, van aparte.
¿Cambia el acta de nacimiento del niño?
Sí: se refleja el nuevo vínculo según lo decretado.
¿Qué necesito?
La copia certificada del decreto con su auto de ejecución; si no la tienes, también la tramitamos.
Sobre este trámite
Cuando un tribunal decreta una adopción, el proceso no termina ahí: ese decreto debe inscribirse en el Registro Civil para que se emita una nueva acta de nacimiento del niño, ahora con los datos de su nueva familia, como si hubiera nacido de ella. Este paso es el que hace la adopción plenamente efectiva en el mundo de los documentos, y hasta que no se hace, el niño sigue teniendo su acta anterior. Es un momento hermoso para la familia y merece cerrarse bien. Nosotros gestionamos la inscripción del decreto ante el Registro Civil, coordinamos que la nueva acta salga correcta con los nombres y apellidos que corresponden, y te la entregamos. Con esa nueva partida en mano, tu hijo queda listo para cédula, escuela y todo lo demás.
Marco legal y notas importantes
Ley Orgánica de Registro Civil · Código Civil
- El decreto de adopción emitido por el tribunal debe inscribirse en el Registro Civil para emitir la nueva acta de nacimiento del adoptado
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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