Asamblea Ordinaria Anual

Ante el Registro Mercantil · SAREN

La asamblea ordinaria anual es la reunión que, por ley, toda compañía anónima debe celebrar una vez al año para aprobar el balance del ejercicio, conocer el informe del comisario y decidir sobre la gestión de la junta directiva y el reparto de utilidades.

En promedio 8 a 12 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Mercantil Te acompañamos el día de la firma

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Para toda compañía anónima activa, que por ley debe celebrar su asamblea ordinaria una vez al año. Especialmente para empresas que se atrasaron y tienen uno o varios ejercicios sin asamblea y quieren ponerse al día, y para quienes necesitan el acta al día porque van a vender, pedir un crédito, entrar en una licitación o cualquier trámite que exija demostrar que la empresa cumple

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Redacción del acta de asamblea ordinaria anual con el orden del día que exige la ley: aprobación del balance con vista al informe del comisario, pronunciamiento sobre la gestión de los administradores y decisión sobre las utilidades.
  • Convocatoria conforme a tus estatutos.
  • Celebración de la asamblea con el quórum requerido.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Visado de abogado.
  • Gestión de la publicación.
  • Entrega del acta inscrita.

No incluye

  • La elaboración del balance del ejercicio, que prepara tu contador.
  • El informe del comisario, que emite el comisario de la empresa.
  • El arancel oficial del Registro Mercantil, que es fijo por introducción más folios.
  • El costo de la publicación en periódico mercantil, que se cobra por folio. Súmalo a tu trámite ↓
  • Si en la misma asamblea decides algo adicional, como aumentar capital o cambiar la junta, eso es un punto extra que se cotiza aparte.

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 7.

  • Registro mercantil de la empresa y acta constitutiva
  • Estatutos vigentes, para respetar la fecha, el quórum y la forma de convocatoria
  • Libro de actas de asambleas
  • Balance del ejercicio a aprobar, preparado por el contador
  • Informe del comisario sobre ese balance
  • Cédula y RIF de los accionistas
  • Datos de la junta directiva y del comisario vigentes

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 8 a 12 días hábiles.

  1. Paso 1

    Nos pasas los números

    Nos das el balance del ejercicio y el informe del comisario, y revisamos tus estatutos.

    Lo haces tú
  2. Paso 2

    Preparamos

    Redactamos el acta con el orden del día que exige la ley.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Celebramos

    Convocamos la asamblea con tu quórum y plazos, se reúne y se firma el acta.

    Lo hacemos nosotros
  4. Paso 4

    Registramos

    La inscribimos en el Registro Mercantil y gestionamos la publicación en periódico mercantil.

    Lo hacemos nosotros
  5. Resultado

    Listo

    Te entregamos el acta inscrita y publicada.

    Lo recibes tú

Desde que tenemos el balance y el informe del comisario listos.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 150 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes que siempre te informamos por separado. Nuestro honorario profesional, desde 150 USD, que cubre la redacción del acta, la convocatoria, la inscripción y el visado

El arancel oficial del Registro Mercantil, que no es nuestro y se paga al Estado; se calcula como un monto fijo por introducción más un monto por cada folio del acta, sin porcentaje sobre el capital. Súmale la publicación en periódico mercantil, que se cobra por folio El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si tengo años sin hacerla?

La empresa queda irregular y eso te complica vender, pedir crédito o entrar en licitaciones. Se puede poner al día celebrando las asambleas atrasadas; te ayudamos a regularizar.

¿Es obligatoria?

Sí. El Código de Comercio obliga a toda compañía anónima a celebrar su asamblea ordinaria al menos una vez al año, en la fecha que fijen sus estatutos.

¿El precio incluye el arancel?

No. El honorario desde 150 USD cubre nuestra gestión; el arancel del Registro y la publicación se pagan aparte. Te los desglosamos en la cotización.

¿Necesito tener listos el balance y el informe del comisario?

El balance lo prepara tu contador y el informe del comisario es obligatorio para aprobarlo. Si no tienes comisario designado, hay que nombrarlo y también te ayudamos con eso.

¿Puedo aprovechar la asamblea para decidir otras cosas?

Sí, se pueden sumar puntos como aumento de capital o cambio de junta. Cada punto adicional se cotiza aparte, con descuento sobre el primero.

¿Se publica?

Sí, el acta se inscribe en el Registro Mercantil y se publica en periódico mercantil; ambas cosas las gestionamos.

Sobre este trámite

Aclaremos primero qué es y qué no es, para ubicarte. La asamblea ordinaria anual no es una reforma de estatutos ni un cambio en la empresa: no cambia el objeto, ni el capital, ni la junta, salvo que en el mismo acto lo decidan. Es la asamblea de rutina que la ley obliga a hacer cada año para revisar cómo cerró el ejercicio. Si lo que necesitas es cambiar algo de la empresa, eso es otra acta y te llevamos a la sección correcta.

El Código de Comercio manda que toda compañía anónima celebre, al menos una vez al año, una asamblea ordinaria en la fecha que fijen sus estatutos. En ella los accionistas hacen tres cosas fundamentales: aprueban o improban el balance del ejercicio con vista al informe del comisario, se pronuncian sobre la gestión de los administradores, y deciden qué se hace con las utilidades. También es la ocasión para nombrar o ratificar a los administradores y al comisario cuando vence su período, y para fijarles su remuneración.

Esta asamblea no es un formalismo vacío. Es la que deja constancia registral de que la empresa está activa, cumple y rinde cuentas. Una compañía que deja de hacer sus asambleas anuales año tras año se va quedando irregular, y eso pesa cuando toca vender, pedir crédito, entrar en una licitación o hacer cualquier trámite que exija demostrar que la empresa está al día.

El acta requiere dos insumos que no dependen de nosotros: el balance del ejercicio, que prepara tu contador, y el informe del comisario, que es obligatorio en la compañía anónima. Con eso en mano, nosotros redactamos el acta con todos los puntos del orden del día que la ley exige, la convocamos respetando el quórum y los plazos de tus estatutos, la inscribimos en el Registro Mercantil y gestionamos su publicación.

Un consejo práctico: esta es la obligación más repetitiva de tu empresa, cae todos los años. Lo más cómodo es dejarla dentro de un paquete de cumplimiento anual, para no tener que acordarte ni correr a última hora. Te lo ofrecemos sin compromiso.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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