Corrección de Acta Inscrita

Ante el Registro Mercantil · SAREN

La corrección de acta inscrita es el trámite para arreglar un error en un documento que ya está registrado: un nombre mal escrito, una cifra equivocada, una fecha errada, un dato de un socio incorrecto.

En promedio 6 a 10 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Mercantil Contrato, factura y número de caso

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Para empresas que detectaron un error en un acta ya inscrita y necesitan corregirlo, sea porque les trabó un trámite, porque el banco o un tercero se los señaló, o porque van a hacer una gestión que depende de ese dato y no quieren que el error les salte después. También para quien recibió del propio Registro un documento con un dato mal transcrito

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Revisión del acta inscrita y del error a corregir.
  • Determinación de la vía correcta, nota marginal o acta aclaratoria.
  • Redacción del documento de corrección.
  • Convocatoria y celebración de la asamblea si el caso exige acta aclaratoria.
  • Tramitación ante el Registro Mercantil.
  • Visado de abogado.
  • Entrega del documento corregido e inscrito.

No incluye

  • Cambios de fondo en la empresa: si quieres modificar algo a propósito, eso es una reforma o el acta que corresponda, no una corrección.
  • El arancel oficial del Registro Mercantil, fijo por introducción más folios.
  • La publicación en periódico mercantil cuando el tipo de corrección la exija, que gestionamos aparte. Súmala a tu trámite ↓
  • La corrección de documentos de otros organismos distintos al Registro Mercantil.

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 7.

  • Copia del acta inscrita que contiene el error
  • Registro mercantil de la empresa y acta constitutiva
  • Estatutos vigentes
  • Libro de actas
  • RIF de la empresa
  • Cédula y RIF de los accionistas
  • El dato correcto que debe quedar, con el soporte que lo demuestre si el error es sobre una cifra o una identidad

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 6 a 10 días hábiles.

  1. Paso 1

    Nos dices el error

    Nos pasas el acta inscrita y nos indicas qué hay que corregir.

    Lo haces tú
  2. Paso 2

    Elegimos la vía

    Determinamos si va por nota marginal o por acta aclaratoria.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Redactamos

    Preparamos el documento de corrección y, si hace falta acta aclaratoria, convocamos y celebramos la asamblea.

    Lo hacemos nosotros
  4. Paso 4

    Tramitamos

    Introducimos la corrección en el Registro Mercantil y publicamos si el caso lo exige.

    Lo hacemos nosotros
  5. Resultado

    Listo

    Te entregamos el acta ya corregida e inscrita.

    Lo recibes tú

La corrección queda firme al inscribirse. El tiempo varía según el tipo de error y si el Registro exige acta aclaratoria o basta una nota marginal.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 90 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes que siempre te informamos por separado. Nuestro honorario profesional, desde 90 USD, que cubre la revisión del error, la redacción del documento de corrección y su tramitación

El arancel oficial del Registro Mercantil, que no es nuestro y se paga al Estado; se calcula como un monto fijo por introducción más un monto por cada folio, sin porcentaje sobre el capital. Si el tipo de corrección exige publicación, súmale la publicación en periódico mercantil, que se cobra por folio El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si dejo el error como está?

Un dato mal escrito en un acta inscrita se arrastra a todo lo que venga después, y llega el día en que el banco, el SENIAT o una venta se traban por esa letra. Corregir a tiempo sale más barato.

¿Cuánto cuesta y quién paga si el error fue del Registro?

El honorario desde 90 USD cubre nuestra gestión de subsanarlo; el arancel va aparte. Si el error fue del Registro, a veces la corrección de su parte no causa arancel; te lo aclaramos según el caso.

¿Puedo corregir cualquier error?

Los errores de forma, nombres, cifras, fechas y datos mal transcritos, sí. Un cambio de fondo no es corrección: eso es una reforma o el acta que corresponda.

¿Qué es una nota marginal?

Una anotación al margen del documento original que deja constancia de la corrección. Se usa para errores menores y evidentes.

¿Cuándo hace falta un acta aclaratoria?

Cuando el error no se arregla con una simple nota, el Registro suele exigir una nueva acta que aclare y corrija el punto, inscrita junto al documento original.

¿Se publica?

Depende del tipo de corrección. Algunas exigen publicación y otras no; te lo decimos al revisar tu caso.

Sobre este trámite

Aclaremos qué cubre este servicio, para que sepas si es lo tuyo. La corrección de acta inscrita es para arreglar un error en un documento que ya quedó registrado. No es para cambiar una decisión de la empresa ni para modificar algo a propósito: si lo que quieres es cambiar el objeto, el nombre, la junta o cualquier cosa de la empresa, eso es una reforma o el acta que corresponda, no una corrección, y te llevamos a la sección correcta. La corrección es solo para enmendar lo que quedó mal escrito o mal asentado respecto de lo que realmente se decidió.

Los errores más comunes son de forma: un nombre o apellido mal escrito, un número de cédula equivocado, una cifra de capital con un dígito cambiado, una fecha errada, la dirección mal transcrita, un dato de un accionista incorrecto. A veces el error lo comete quien redactó el acta, a veces el propio Registro al transcribir. En cualquier caso, mientras el error no se corrija, el documento arrastra ese defecto y puede trabarte trámites futuros: una venta, un crédito, una nueva acta que dependa del dato mal puesto.

Hay dos vías para corregir, y la que aplique depende del error y del criterio del Registro. La primera es la nota marginal: una anotación al margen del documento original que deja constancia de la corrección; se usa para errores menores y evidentes. La segunda es el acta aclaratoria: una nueva asamblea, o una declaración según el caso, que aclara y corrige el punto, y que se inscribe junto al documento original. Nosotros determinamos cuál corresponde a tu caso y la gestionamos.

Nos encargamos de todo: revisamos el acta y el error, definimos la vía correcta, redactamos el documento de corrección, lo introducimos en el Registro Mercantil y te lo entregamos ya subsanado. Tú solo firmas.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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