Aporte a la Ley del Deporte (Fondo Nacional para el Deporte)
Calculamos y declaramos tu aporte a la Ley del Deporte: el 1% de la utilidad neta para el Fondo Nacional del Deporte. Desde 90 USD.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Empresas, sociedades mercantiles y sociedades civiles con fines de lucro que deben calcular, declarar y pagar su aporte anual al Fondo Nacional del Deporte, lleguen o no al umbral de pago
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión de tus estados financieros y tu declaración de ISLR.
- Cálculo del aporte del 1% sobre la utilidad neta y verificación del umbral.
- Presentación de la declaración ante el Fondo Nacional del Deporte.
- Cronograma de pago, en una o hasta tres porciones.
No incluye
- El aporte en sí (lo paga la empresa al Fondo, aparte).
- La contabilidad, los estados financieros y la declaración de ISLR (servicios aparte).
- La formulación de proyectos deportivos para pagar parte del aporte (servicio aparte).
- La atención de fiscalizaciones del Fondo (servicio aparte).
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 5.
- Estados financieros del ejercicio cerrado
- Declaración de ISLR del ejercicio
- RIF de la empresa
- Datos del representante legal
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 5 días hábiles.
- Paso 1
Revisamos tus números
Estados financieros y declaración de ISLR.
Lo hacemos nosotros - Paso 2
Calculamos tu aporte
El 1% de la utilidad neta y el umbral.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Declaramos
Presentamos ante el Fondo Nacional del Deporte.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te dejamos el aporte declarado y el cronograma de pago.
Lo recibes tú
Desde que nos entregas tus estados financieros y tu declaración de ISLR, siempre dentro del plazo legal de 120 días continuos tras el cierre del ejercicio.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
Las tasas del organismo, si las hay. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión cubre nuestro cálculo y declaración del aporte. Lo que pagas a nosotros, honorarios desde 90 USD por revisar tu información contable, calcular el aporte y presentar la declaración. Sube según la complejidad de tu contabilidad
El aporte del 1% lo paga la empresa al Fondo, aparte El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe pagarlo?
Las personas jurídicas con fines de lucro cuya utilidad neta anual supera las 20.000 unidades tributarias.
¿Cuánto es?
El 1% de la utilidad neta o ganancia contable anual.
¿Si no llego al umbral, me salvo?
Del pago sí, pero la declaración anual igual hay que presentarla.
¿Cuándo vence?
A los 120 días continuos del cierre del ejercicio; el 30 de abril si cierras en diciembre.
¿Lo puedo rebajar del ISLR?
No. El aporte no es desgravable del Impuesto sobre la Renta.
Sobre este trámite
La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física creó el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, conocido como Fondo Nacional del Deporte, y lo alimenta con un aporte de las empresas: el 1% de la utilidad neta o ganancia contable anual. Lo deben las sociedades mercantiles públicas y privadas, las sociedades civiles con fines de lucro y, en general, toda persona jurídica que haga actividades económicas con fines de lucro en el país, cuando su utilidad supera el umbral de 20.000 unidades tributarias. Y ojo con lo que casi nadie sabe: aunque no llegues al umbral, la declaración anual igual hay que presentarla.
Es un aporte que se pasa por alto con facilidad porque no lo cobra el SENIAT y llega justo en la temporada del ISLR. La declaración vence a los 120 días continuos del cierre del ejercicio (el 30 de abril si cierras en diciembre), el pago se puede hacer hasta en tres porciones y, además, el aporte no se puede rebajar del Impuesto sobre la Renta. Calcular sobre la base equivocada o dejar pasar el plazo es lo que convierte un 1% en un dolor de cabeza.
Nosotros lo resolvemos: tomamos tus estados financieros y tu declaración de ISLR, calculamos el aporte sobre la base correcta, presentamos la declaración por el canal que tenga habilitado el Fondo y te dejamos el cronograma de pago. El precio arranca desde 90 dólares y se ajusta según la complejidad de tu contabilidad. Un abogado revisa tu caso y te confirma antes de arrancar, sin compromiso.
Marco legal y notas importantes
Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física · Reglamento Parcial N.º 1 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física (Decreto N.º 8.820)
- Es un aporte parafiscal, no lo cobra el SENIAT. El canal vigente de declaración y pago del Fondo lo confirmamos al arrancar.
- El aporte es del 1% de la utilidad neta anual.
- La declaración es obligatoria aunque no llegues al umbral.
- Se puede pagar hasta en tres porciones.
- No es desgravable del ISLR.
- El aporte en sí va aparte.
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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