Sellado y Apertura de Libros de Condominio
Es el acto notarial por el cual el notario abre y sella los libros obligatorios de la comunidad de propietarios, principalmente el de actas de asamblea y el de contabilidad, dándoles validez legal. Sin esos libros habilitados, las decisiones de la junta pueden quedar en el aire.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Para juntas de condominio, administradoras y comunidades de propietarios que necesitan habilitar legalmente sus libros de actas y de contabilidad, sea porque arrancan, porque cambió la junta o porque se llenó el libro anterior
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión de que los libros cumplan el formato exigido.
- Coordinación de la cita en la notaría.
- Presentación de los libros ante el notario para su apertura, foliatura y sellado.
- Devolución de los libros ya habilitados.
No incluye
- La compra de los libros físicos, que los aporta el condominio, aunque te orientamos sobre cuáles conseguir.
- Llevar la contabilidad ni redactar las actas.
- El arancel oficial de la notaría, que se paga aparte.
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 4.
- Los libros físicos a sellar, ya foliados
- El documento de condominio o el acta de la junta que acredite quién solicita
- Y la cédula de quien gestiona
- Si no sabes qué libros comprar, te decimos exactamente cuáles y de qué tipo
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 2 a 4 días hábiles.
- Paso 1
Nos dices los libros
Nos dices cuántos libros necesitas y de qué tipo.
Lo haces tú - Paso 2
Revisamos el formato
Comprobamos que estén en el formato correcto.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
El notario los habilita
Presentamos los libros y el notario los abre, folia y sella.
- Resultado
Listo
Te devolvemos los libros habilitados, listos para usar.
Lo recibes tú
Desde que tenemos los libros físicos. El sellado se hace sobre libros que ya tienen sus folios, así que conviene tenerlos comprados antes.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel de la Notaría. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes que siempre te informamos por separado. Nuestro honorario base, desde 55 USD, por revisar, coordinar y gestionar la apertura y sellado
El arancel oficial de la notaría, que se calcula por libro y por folios, así que depende de cuántos libros selles y de su tamaño. Ese arancel se paga en bolívares a la tasa del Banco Central el día del otorgamiento El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el condominio lleva las actas en un libro sin sellar?
Cualquier vecino puede discutir esas actas y las decisiones de la junta quedan en el aire: un libro sin sellar se puede alterar y no prueba nada.
¿Qué libros hay que sellar?
Como mínimo el de actas de asamblea y el de administración o cuentas.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 55 USD cubre la gestión del sellado y apertura; el arancel depende del número de libros y folios, y te lo damos exacto antes. Los libros físicos los aporta el condominio.
¿Ustedes venden los libros?
No; los aporta el condominio, pero te decimos cuáles comprar.
¿Cuándo se hace?
Al constituir el condominio, al cambiar la junta o al llenarse un libro.
Sobre este trámite
Toda comunidad de propietarios está obligada a llevar sus libros: el de actas de asamblea, donde queda constancia de lo que decide el condominio, y el de administración o contabilidad, donde se registran las cuentas. Para que esos libros tengan valor legal, el notario debe abrirlos y sellarlos: deja constancia de la apertura, folia y estampa el sello, de modo que después no se puedan sustituir hojas ni alterar el orden. Es lo que le da respaldo a un acta de asamblea del condominio o a la rendición de cuentas de la administración. Nosotros verificamos que los libros estén en el formato correcto, coordinamos la cita, los presentamos ante el notario para su apertura y sellado y te los devolvemos habilitados para empezar a usarlos. Es un trámite típico al constituir un condominio, al estrenar junta, o cuando se acaba un libro y hay que abrir el siguiente.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil · Ley de Propiedad Horizontal
- Ten los libros comprados y foliados antes de la cita, porque el notario sella sobre libros ya listos
- Y no dejes decisiones importantes de la junta sin asentar en un libro sellado. Un acta en un libro sin habilitar pierde fuerza si alguien la impugna
- Si tienes dudas de qué libros necesitas, escríbenos primero
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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