Registro de Sentencia de Adopción

Ante el Registro Principal · SAREN

Inscribimos tu sentencia de adopción en el Registro para que produzca efectos frente a todos y se refleje en el acta del hijo. Gestionamos todo.

En promedio 3 a 6 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Civil Te acompañamos el día de la firma

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Familias con una sentencia de adopción firme que necesitan inscribirla en el Registro para que produzca plenos efectos y se refleje en el acta del hijo

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Verificación de que la sentencia esté firme, con auto de ejecución definitiva.
  • Gestión de la inscripción ante el Registro que corresponda.
  • Seguimiento de la nota marginal en el acta.
  • Acompañamiento de un abogado durante el trámite.
  • Confirmación de que la inscripción quedó firme.

No incluye

  • El arancel oficial del Estado (se paga aparte).
  • El juicio para obtener la sentencia, si aún no la tienes (servicio aparte que llevamos).
  • La emisión del acta actualizada o nuevos documentos de identidad (servicio aparte).
  • La apostilla, si vas a usar el documento en el exterior (servicio que también ofrecemos).

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 3.

  • Copia certificada de la sentencia con auto de ejecución definitiva
  • Cédula de identidad del solicitante
  • Datos del acta de nacimiento que se va a anotar

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 6 días hábiles.

  1. Paso 1

    Nos envías la sentencia

    Nos mandas la sentencia de adopción con su auto de ejecución.

    Lo haces tú
  2. Paso 2

    Verificamos que esté firme

    Confirmamos que quedó definitivamente firme.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Gestionamos la inscripción

    La inscribimos ante el Registro.

    Lo hacemos nosotros
  4. Paso 4

    Seguimos la nota marginal

    Hacemos seguimiento y te confirmamos cuando quede asentada.

    Lo hacemos nosotros
  5. Resultado

    Listo

    Te entregamos la sentencia registrada.

    Lo recibes tú

Varía según el Registro y el tribunal.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 40 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 40 USD, por gestionar y acompañar la inscripción

Lo que se paga al Estado, el arancel oficial del Registro, en bolívares a la tasa del BCV, que no se queda con nosotros El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si gané la adopción y no registro la sentencia?

Hasta que no se inscribe, la adopción no produce efectos frente a terceros: el acta del hijo sigue igual y nadie te reconoce como padre o madre.

¿Por qué registrar la sentencia de adopción?

Para que produzca efectos frente a todos y se refleje en el acta del hijo.

¿Cuánto cuesta?

El honorario desde 40 USD cubre la gestión de la inscripción; los aranceles oficiales van aparte.

¿Debe estar firme la sentencia?

Sí, con su auto de ejecución; te lo verificamos antes.

¿Qué necesito?

La copia certificada de la sentencia con su auto de ejecución; si no la tienes, también la tramitamos.

Sobre este trámite

Cuando un tribunal dicta la sentencia de adopción, el proceso no termina ahí: para que la adopción produzca plenos efectos frente a todos y quede reflejada en el estado civil del hijo, la sentencia debe inscribirse en el Registro y estamparse la nota correspondiente en el acta de nacimiento. Ese paso registral es el que convierte la decisión del juez en algo oponible frente a terceros, y es imprescindible para tramitar nueva acta, cédula, pasaporte, herencia o cualquier gestión del adoptado. Nosotros partimos de tu sentencia con auto de ejecución definitiva: verificamos que esté firme, gestionamos la inscripción ante el Registro que corresponda y hacemos seguimiento a la nota marginal. Te acompañamos hasta que la adopción quede debidamente registrada. Si además necesitas el nuevo documento de identidad del hijo o llevar el juicio de adopción, esos servicios también los manejamos.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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