Registro de Sentencia de Adopción
Inscribimos tu sentencia de adopción en el Registro para que produzca efectos frente a todos y se refleje en el acta del hijo. Gestionamos todo.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Familias con una sentencia de adopción firme que necesitan inscribirla en el Registro para que produzca plenos efectos y se refleje en el acta del hijo
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Verificación de que la sentencia esté firme, con auto de ejecución definitiva.
- Gestión de la inscripción ante el Registro que corresponda.
- Seguimiento de la nota marginal en el acta.
- Acompañamiento de un abogado durante el trámite.
- Confirmación de que la inscripción quedó firme.
No incluye
- El arancel oficial del Estado (se paga aparte).
- El juicio para obtener la sentencia, si aún no la tienes (servicio aparte que llevamos).
- La emisión del acta actualizada o nuevos documentos de identidad (servicio aparte).
- La apostilla, si vas a usar el documento en el exterior (servicio que también ofrecemos).
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 3.
- Copia certificada de la sentencia con auto de ejecución definitiva
- Cédula de identidad del solicitante
- Datos del acta de nacimiento que se va a anotar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 6 días hábiles.
- Paso 1
Nos envías la sentencia
Nos mandas la sentencia de adopción con su auto de ejecución.
Lo haces tú - Paso 2
Verificamos que esté firme
Confirmamos que quedó definitivamente firme.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Gestionamos la inscripción
La inscribimos ante el Registro.
Lo hacemos nosotros - Paso 4
Seguimos la nota marginal
Hacemos seguimiento y te confirmamos cuando quede asentada.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos la sentencia registrada.
Lo recibes tú
Varía según el Registro y el tribunal.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 40 USD, por gestionar y acompañar la inscripción
Lo que se paga al Estado, el arancel oficial del Registro, en bolívares a la tasa del BCV, que no se queda con nosotros El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si gané la adopción y no registro la sentencia?
Hasta que no se inscribe, la adopción no produce efectos frente a terceros: el acta del hijo sigue igual y nadie te reconoce como padre o madre.
¿Por qué registrar la sentencia de adopción?
Para que produzca efectos frente a todos y se refleje en el acta del hijo.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 40 USD cubre la gestión de la inscripción; los aranceles oficiales van aparte.
¿Debe estar firme la sentencia?
Sí, con su auto de ejecución; te lo verificamos antes.
¿Qué necesito?
La copia certificada de la sentencia con su auto de ejecución; si no la tienes, también la tramitamos.
Sobre este trámite
Cuando un tribunal dicta la sentencia de adopción, el proceso no termina ahí: para que la adopción produzca plenos efectos frente a todos y quede reflejada en el estado civil del hijo, la sentencia debe inscribirse en el Registro y estamparse la nota correspondiente en el acta de nacimiento. Ese paso registral es el que convierte la decisión del juez en algo oponible frente a terceros, y es imprescindible para tramitar nueva acta, cédula, pasaporte, herencia o cualquier gestión del adoptado. Nosotros partimos de tu sentencia con auto de ejecución definitiva: verificamos que esté firme, gestionamos la inscripción ante el Registro que corresponda y hacemos seguimiento a la nota marginal. Te acompañamos hasta que la adopción quede debidamente registrada. Si además necesitas el nuevo documento de identidad del hijo o llevar el juicio de adopción, esos servicios también los manejamos.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil · Ley Orgánica de Registro Civil
- La sentencia debe estar definitivamente firme, con auto de ejecución.
- Sin la inscripción y la nota marginal, la decisión no produce efectos frente a terceros.
- Si los datos no coinciden con el acta, el Registro objeta; por eso verificamos antes.
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.