Constitución de Usufructo
Constituimos legalmente el derecho de una persona a usar y disfrutar un inmueble ajeno por un tiempo. Separa el uso de la propiedad, con respaldo legal.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Propietarios que quieren otorgar a otra persona el derecho de usar y disfrutar su inmueble por un tiempo, sin transferir la propiedad
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Asesoría sobre la figura adecuada según tu objetivo patrimonial.
- Revisión de que el inmueble esté limpio (recomendamos estudio registral previo).
- Redacción del documento con las cláusulas que te protegen.
- Protocolización ante el Registro Inmobiliario.
- Acompañamiento de un abogado durante todo el acto.
No incluye
- El arancel del registro, calculado sobre el valor del inmueble o del derecho.
- Las solvencias municipales y catastrales, si hay que gestionarlas (servicio aparte). Te lo gestionamos aparte:Permisos municipales →
- La verificación registral previa del inmueble (servicio aparte recomendado).
- La renuncia o extinción del usufructo más adelante (servicio aparte).
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 4.
- Documento de propiedad vigente del inmueble
- Solvencias municipales y cédula catastral según el caso
- Datos de las partes (propietario y usufructuario)
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 7 a 18 días hábiles.
- Paso 1
Evaluamos la figura
Confirmamos cómo se reparte el uso y la propiedad.
Lo hacemos nosotros - Paso 2
Redactamos el usufructo
Preparamos el documento con sus condiciones.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Protocolizamos en el Registro
Reunimos solvencias y firmamos ante el Registro Inmobiliario.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el documento protocolizado.
Lo recibes tú
Según solvencias y disponibilidad del registro.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes bien distintas. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 150 USD, por asesorar, redactar y protocolizar el acto de principio a fin
Lo que se paga al Estado (SAREN), el derecho de registro, calculado por ley sobre el valor del inmueble o del derecho constituido, más las planillas. Ese monto es del registro, no se queda con la firma, y depende del valor del bien El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si dejo que alguien use mi inmueble sin constituir el usufructo?
Ni él tiene derecho seguro ni tú tienes control: un día lo sacan o un día no puedes recuperarlo. El usufructo protocolizado define quién usa, por cuánto tiempo y con qué límites.
¿Qué me permite el usufructo?
Que alguien use y disfrute el inmueble mientras la propiedad queda en otras manos.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 150 USD cubre la redacción, el visado y la protocolización; el arancel del registro va aparte y se calcula sobre el valor del bien.
¿Puede ser de por vida o por tiempo fijo?
Las dos formas son posibles; se define en el documento.
¿Quién paga los impuestos y el mantenimiento?
Por regla el usufructuario; lo dejamos expreso para evitar peleas.
Sobre este trámite
El usufructo es el derecho a usar y disfrutar un inmueble que es de otro, e incluso a cobrar sus frutos, como el alquiler, durante un tiempo determinado o de por vida, sin ser dueño de la propiedad como tal. Es una figura muy útil en muchas situaciones: dejarle a un familiar el derecho a vivir en un apartamento sin quitarle la propiedad a los herederos, permitir que alguien explote un local o un terreno por un plazo, o estructurar arreglos familiares y patrimoniales a la medida. Como no puede ser perpetuo y tiene sus reglas sobre obligaciones y conservación del bien, el documento debe redactarse con cuidado para que quede claro qué puede hacer el usufructuario, por cuánto tiempo, y qué le queda al nudo propietario. Nosotros te asesoramos sobre cómo estructurarlo según tu objetivo, redactamos el documento de constitución de usufructo, y lo protocolizamos ante el Registro Inmobiliario para que el derecho quede oficialmente inscrito y sea oponible a terceros. Separas el uso de la propiedad con total seguridad legal.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil
- El usufructo separa el uso/disfrute de la propiedad; no puede ser perpetuo (máximo 30 años si el usufructuario es una persona jurídica)
- Se constituye por voluntad y se protocoliza
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.
Después de constituir, casi todos piden
Súmalos a tu maletín y te cotizamos todo junto, sin compromiso.