Publicación Legal de tu Empresa en Gaceta
Publicamos el documento constitutivo de tu empresa en un periódico mercantil de circulación nacional, te entregamos el ejemplar en PDF y lo llevamos de vuelta al Registro Mercantil para que quede en tu expediente. Desde 40 USD.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Empresas recién registradas en el Registro Mercantil que todavía no han publicado su documento constitutivo
- Empresarios a quienes el banco, el SENIAT o un cliente les está exigiendo la publicación para poder avanzar
- Compañías que ya publicaron pero nunca consignaron el ejemplar de vuelta en el Registro y tienen el expediente incompleto
- Socios que quieren cerrar bien el proceso de constitución y no dejar cabos sueltos
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión del documento constitutivo y verificación de los datos de registro.
- Digitalización de tu documento folio por folio, en el formato que exige el periódico.
- Gestión completa de la publicación en un periódico mercantil de circulación nacional.
- Publicación de un documento de hasta 8 folios, ya incluida en el precio.
- Entrega del ejemplar en PDF, descargable de forma ilimitada las veces que lo necesites.
- Redacción de la solicitud firmada que exige el Registro Mercantil.
- Consignación del ejemplar de la publicación en el expediente de tu compañía.
- Acompañamiento de un abogado durante todo el proceso.
No incluye
- Los folios que excedan de 8. Cada folio adicional lo cobra el periódico y ronda 1,50 USD.
- El registro o constitución de la empresa. Ese es un trámite aparte y también lo hacemos.
- La publicación de actas de asamblea posteriores. Cada acta tiene su propio producto.
- Copias certificadas adicionales que solicites al Registro Mercantil.
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 6.
- Copia certificada del documento constitutivo que te entregó el Registro Mercantil
- Datos de registro de tu empresa: número, tomo, letra, año y número de expediente
- Razón social completa y tipo de compañía
- Estado y ciudad del domicilio de la empresa
- RIF de la empresa, si ya lo tienes. Si no lo tienes todavía, no es impedimento para publicar
- Si no encuentras alguno de estos datos, nosotros los ubicamos por ti
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 2 a 4 días hábiles.
- Paso 1
Nos das el documento
Nos dices el nombre de tu empresa y nos envías la copia certificada del documento constitutivo. Si no la tienes, te decimos cómo obtenerla.
Lo haces tú - Paso 2
Preparamos
Verificamos los datos y digitalizamos el documento en el formato que exige la Gaceta.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Publicamos
Gestionamos la publicación legal en Gaceta; te avisamos apenas salga la edición.
Lo hacemos nosotros - Paso 4
Consignamos
Llevamos el ejemplar al Registro Mercantil para que lo inserten en tu expediente.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Recibes tu publicación en Gaceta en PDF, descargable sin límite.
Lo recibes tú
Desde que tenemos el documento inscrito, para ordenar la publicación.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión se compone de dos partes, y queremos que las veas claras desde el principio. Lo que pagas a nosotros — Nuestro honorario profesional por la gestión, desde 40 USD. Cubre la revisión, la digitalización, la gestión de la publicación y la consignación del ejemplar de vuelta en el Registro Mercantil. Incluye ya la publicación de un documento de hasta 8 folios
Lo que se paga al periódico — El costo de la publicación se calcula por folio, es decir por cada cara del documento que tenga texto. Ronda 1,50 USD por folio. Ese monto no se queda con nosotros, va al periódico mercantil. Si tu documento pasa de 8 folios, solo pagas los folios adicionales
¿Por qué no te damos un precio único cerrado? Porque no todos los documentos constitutivos tienen el mismo largo. Un acta sencilla puede tener 6 folios y una con estatutos extensos puede pasar de 12. Darte un número fijo sin ver tu documento sería engañarte El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no publico?
Tu empresa queda en un limbo legal. Los socios fundadores responden personalmente frente a terceros, y en la práctica el banco no te abre la cuenta y el SENIAT te frena los trámites.
¿Es obligatoria la publicación?
Sí. El Código de Comercio la exige, y el artículo 219 establece que mientras no se cumplan las formalidades de registro y publicación, la compañía no se tiene por legalmente constituida.
¿Cuánto tiempo tengo para publicar?
El Código de Comercio habla de quince días siguientes al otorgamiento del documento constitutivo. En la práctica se publica después, pero mientras más esperes, más expuesta está la compañía.
¿La publicación digital es válida?
Sí. Los periódicos mercantiles digitales de circulación nacional son válidos para todos los trámites donde te pidan la publicación, incluidos banco, SENIAT y registros.
¿Cuánto cuesta y de qué depende?
El honorario desde 40 USD cubre la redacción de la solicitud, la publicación y la consignación en tu expediente. El periódico cobra por folio, y un folio es cada cara del documento que tenga texto: un acta constitutiva típica va de 6 a 12 folios. Nosotros los contamos por ti antes de que pagues.
¿Tengo que llevar yo el periódico al Registro?
No. Nosotros redactamos la solicitud y consignamos el ejemplar en tu expediente. Ese es justamente el paso que casi todo el mundo se salta.
¿Y si mi empresa ya publicó hace tiempo pero nunca consignó?
Lo resolvemos. Ubicamos el ejemplar y lo consignamos para completar tu expediente.
Sobre este trámite
Registrar tu empresa no es el último paso. El Código de Comercio ordena que el documento constitutivo se publique en un periódico, y el artículo 219 es tajante: mientras esas formalidades no se cumplan, la compañía no se tiene por legalmente constituida, y los socios fundadores responden personalmente frente a terceros.
En la práctica esto se traduce en trabas muy concretas. El banco te pide la publicación para abrirte la cuenta. El SENIAT te la pide. Cualquier trámite serio te la va a pedir.
El trámite tiene dos mitades, y casi todo el mundo se queda en la primera. La primera es publicar. La segunda, la que casi nadie hace, es llevar un ejemplar de la publicación de vuelta al Registro Mercantil, con una solicitud firmada, para que lo inserten en el expediente de tu compañía. Un expediente sin la publicación consignada es un expediente incompleto, y eso te va a aparecer más adelante cuando menos te convenga.
Nosotros hacemos las dos mitades. Revisamos tu documento, lo digitalizamos folio por folio, gestionamos la publicación en un periódico mercantil de circulación nacional, te entregamos el ejemplar en PDF descargable las veces que lo necesites, y consignamos el ejemplar de vuelta en tu expediente. Tú no vas a ninguna parte.
Marco legal y notas importantes
Código de Comercio, artículos 212, 215 y 219 · Ley de Registros y Notarías, artículo 85
- El costo por folio lo fija el periódico mercantil y puede variar sin previo aviso; el monto que ves aquí es el vigente al momento de armar esta ficha
- Nuestro abogado te confirma la cifra exacta antes de que pagues
- El plazo de quince días del Código de Comercio es el que manda la ley; publicar fuera de ese plazo sigue siendo posible y es siempre mejor que no publicar
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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