Reactivación de Compañía Vencida

Ante el Registro Mercantil · SAREN

Reactivar una compañía vencida es devolverle vigencia a una empresa cuyo término de duración ya expiró. Al contrario de lo que mucha gente cree, el vencimiento no mata la empresa de forma automática: la ley y los tribunales permiten prorrogar su duración y reactivarla.

En promedio 12 a 18 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Mercantil Te acompañamos el día de la firma

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Para dueños de empresas cuyo término de duración ya venció y que quieren seguir usándolas en vez de cerrarlas. Especialmente para empresas que llevan tiempo vencidas y con pendientes acumulados, pero que conservan un valor que vale la pena rescatar: antigüedad, historial, contratos, un RIF con trayectoria. No es para quien quiere cerrar definitivamente, para eso está Disolución y Liquidación
  • Ni para quien apenas se está por vencer y está al día, que va directo a Prórroga de Duración

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Revisión del estado y el historial de la empresa.
  • Asesoría honesta sobre qué se puede reactivar y qué hay que regularizar.
  • Redacción del acta de asamblea que acuerda la reactivación y la prórroga de la duración.
  • Convocatoria conforme a tus estatutos.
  • Inscripción del acta en el Registro Mercantil.
  • Visado de abogado.
  • Gestión de la publicación.
  • Entrega del acta inscrita.
  • Plan ordenado de los pendientes que haya que poner al día.

No incluye

  • La puesta al día de las asambleas anuales atrasadas, que se cotizan por ejercicio.
  • La regularización ante el SENIAT de declaraciones o multas acumuladas.
  • El sellado de libros nuevos si los anteriores se agotaron. Súmalo a tu trámite ↓
  • Los aranceles oficiales del Registro Mercantil, fijos por introducción más folios.
  • El costo de la publicación en periódico mercantil, que se cobra por folio. Súmalo a tu trámite ↓
  • Cada pendiente se evalúa y se cotiza según su magnitud, siempre diciéndote todo por adelantado.

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 7.

  • Registro mercantil de la empresa y acta constitutiva
  • Estatutos vigentes, para verificar la fecha de vencimiento del término
  • Libro de actas
  • RIF de la empresa
  • Cédula y RIF de los accionistas
  • Última acta de asamblea inscrita
  • Información sobre ejercicios sin asamblea anual y sobre pendientes ante el SENIAT, si los hay

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 12 a 18 días hábiles.

  1. Paso 1

    Revisamos tu caso

    Confirmamos la fecha de vencimiento y en qué situación quedó la empresa.

    Lo hacemos nosotros
  2. Paso 2

    Te damos el plan

    Te presentamos qué se reactiva y qué se regulariza.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Redactamos

    Preparamos el acta que acuerda la reactivación y prorroga la duración, y celebramos la asamblea.

    Lo hacemos nosotros
  4. Paso 4

    Tramitamos

    Inscribimos el acta en el Registro Mercantil y gestionamos la publicación.

    Lo hacemos nosotros
  5. Resultado

    Listo

    Te entregamos el acta inscrita y, si aplica, arrancamos la puesta al día de los pendientes.

    Lo recibes tú

Para el acta de reactivación inscrita y publicada. El acto queda firme al inscribirse y publicarse.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 280 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes que siempre te informamos por separado. Nuestro honorario profesional, desde 280 USD, que cubre la revisión del historial, la asesoría, el acta de reactivación y prórroga y su inscripción

El arancel oficial del Registro Mercantil, que no es nuestro y se paga al Estado; se calcula como un monto fijo por introducción más un monto por cada folio del acta, sin porcentaje sobre el capital. Súmale la publicación en periódico mercantil, que se cobra por folio. Y aparte, si hay que ponerse al día con asambleas atrasadas o regularizar ante el SENIAT, cada cosa se cotiza según su magnitud El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el plazo de mi empresa se venció hace tiempo?

No está muerta. El máximo tribunal ha dicho que el vencimiento del término no disuelve la empresa de forma automática. Mientras no se haya disuelto y liquidado formalmente, se puede reactivar.

¿Cuánto cuesta reactivarla?

El honorario desde 280 USD cubre el acta de reactivación y la gestión; los aranceles y la publicación van aparte. Poner al día los pendientes acumulados se cotiza según cuántos sean.

¿De qué depende el tiempo?

El acta de reactivación tiene su lapso en el Registro. Lo que suma tiempo aparte es poner al día los pendientes que se acumularon, y eso depende de cuántos sean.

¿Qué diferencia hay con la prórroga?

La prórroga es para la empresa que está por vencerse o se acaba de vencer y está al día: trámite limpio y más barato. La reactivación es para la que lleva tiempo vencida y acumuló pendientes: además de prorrogar, hay que sanear.

¿Pierdo el RIF y la antigüedad?

No. Reactivar conserva la misma persona jurídica: mantienes RIF, fecha de constitución, antigüedad, contratos e historial. Eso es justo lo que se salva frente a abrir una empresa nueva.

¿Tengo que ponerme al día con todo lo atrasado?

Para que la empresa quede sana, sí conviene. Pero lo hacemos por partes y ordenado; te decimos qué es urgente y qué puede esperar.

¿Y si mejor la cierro?

Si de verdad no la vas a usar, quizá te convenga Disolución y Liquidación. Te asesoramos sin sesgo sobre cuál te sale mejor según tu caso.

Sobre este trámite

Empecemos con la buena noticia, porque casi todo el mundo llega asustado: tu empresa vencida NO está muerta. Existe una creencia muy extendida de que, cuando se cumple el término de duración que dicen los estatutos, la empresa se disuelve sola y ya no hay nada que hacer. Eso no es así. El máximo tribunal del país ha sido claro: el vencimiento del término no disuelve la compañía de pleno derecho. Para que una empresa quede realmente disuelta hace falta que los socios lo deliberen, lo registren y lo publiquen. Mientras eso no ocurra, y mientras no se haya liquidado, la empresa puede reactivarse.

El Código de Comercio permite prorrogar la duración de la sociedad, y la doctrina y la jurisprudencia admiten hacerlo incluso después de que el término expiró. Eso es exactamente lo que hace la reactivación: los socios acuerdan en asamblea prorrogar la duración y poner la empresa de nuevo en vigencia, y ese acuerdo se inscribe y se publica.

Ahora, seamos honestos sobre la diferencia con una prórroga normal, porque son cosas distintas. Si tu empresa está por vencerse o se acaba de vencer, y por lo demás está al día, lo tuyo es la Prórroga de Duración, que es un trámite limpio y más económico. La reactivación es para el otro caso: la empresa lleva tiempo vencida, y en ese tiempo probablemente se acumuló desorden, ejercicios sin asamblea anual, libros sin sellar, cosas sin declarar. Reactivar es prorrogar la duración y ordenar ese desorden para que la empresa vuelva a estar sana. Por eso cuesta más que una prórroga simple: no es solo firmar un acta, es sanear.

La gran ventaja frente a abrir una empresa nueva es enorme: conservas la misma persona jurídica. Mantienes tu RIF, tu fecha de constitución y tu antigüedad, tus contratos, tus cuentas, tu historial comercial y crediticio. Empezar de cero significaría perder todo eso. Reactivar te lo salva.

Nosotros nos encargamos de todo: revisamos en qué estado quedó tu empresa, te armamos un plan de qué reactivar y qué regularizar, redactamos el acta de reactivación y prórroga, la inscribimos y la publicamos, y te acompañamos a ponerte al día con lo que haya quedado colgando.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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