Registro de Separación de Cuerpos

Ante el Registro Principal · SAREN

Inscribimos tu separación de cuerpos en el Registro y estampamos la nota marginal en el acta de matrimonio para que produzca efectos frente a todos.

En promedio 3 a 6 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Civil Te acompañamos el día de la firma

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Cónyuges con una sentencia o decreto firme de separación de cuerpos que necesitan inscribirlo para que produzca plenos efectos frente a terceros

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Verificación de que la sentencia esté firme, con auto de ejecución definitiva.
  • Gestión de la inscripción ante el Registro que corresponda.
  • Seguimiento de la nota marginal en el acta.
  • Acompañamiento de un abogado durante el trámite.
  • Confirmación de que la inscripción quedó firme.

No incluye

  • El arancel oficial del Estado (se paga aparte).
  • El juicio para obtener la sentencia, si aún no la tienes (servicio aparte que llevamos).
  • La emisión del acta actualizada o nuevos documentos de identidad (servicio aparte).
  • La apostilla, si vas a usar el documento en el exterior (servicio que también ofrecemos).

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 3.

  • Copia certificada de la sentencia con auto de ejecución definitiva
  • Cédula de identidad del solicitante
  • Datos del acta de matrimonio que se va a anotar

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 6 días hábiles.

  1. Paso 1

    Nos envías la sentencia

    Nos mandas la separación de cuerpos con su auto de ejecución.

    Lo haces tú
  2. Paso 2

    Verificamos que esté firme

    Confirmamos que quedó definitivamente firme.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Gestionamos la inscripción

    La inscribimos ante el Registro.

    Lo hacemos nosotros
  4. Paso 4

    Seguimos la nota marginal

    Hacemos seguimiento y te confirmamos cuando quede asentada.

    Lo hacemos nosotros
  5. Resultado

    Listo

    Te entregamos la sentencia registrada.

    Lo recibes tú

Varía según el Registro y el tribunal.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 40 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 40 USD, por gestionar y acompañar la inscripción

Lo que se paga al Estado, el arancel oficial del Registro, en bolívares a la tasa del BCV, que no se queda con nosotros El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no registro la separación de cuerpos?

Frente a terceros no existe: las deudas y los bienes siguen en comunidad como si nada. La nota marginal es lo que le da efecto real.

¿Por qué registrar la separación de cuerpos?

Para que la separación decretada produzca efectos frente a terceros y quede en el acta de matrimonio.

¿Cuánto cuesta?

El honorario desde 40 USD cubre la inscripción y la nota marginal; los aranceles oficiales van aparte.

¿Debe estar firme la decisión?

Sí; te verificamos que esté lista antes de inscribirla.

¿Qué necesito?

La copia certificada de la decisión; si no la tienes, también la tramitamos.

Sobre este trámite

La separación de cuerpos suspende el deber de convivencia entre los cónyuges y, cuando incluye separación de bienes, cambia el régimen patrimonial; con el tiempo puede convertirse en divorcio. Para que produzca efectos frente a todos, la sentencia o decreto de separación debe inscribirse en el Registro y estamparse la nota marginal en el acta de matrimonio. Ese paso registral es el que hace oponible la separación ante terceros, protege los bienes de cada cónyuge y deja constancia de la nueva situación. Nosotros partimos de tu sentencia o decreto con auto de ejecución definitiva: verificamos que esté firme, gestionamos la inscripción ante el Registro y seguimos la nota marginal en el acta de matrimonio. Te acompañamos hasta que quede debidamente registrada. Si más adelante quieres convertir la separación en divorcio, ese trámite también lo llevamos.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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