Registro de Separación de Cuerpos
Inscribimos tu separación de cuerpos en el Registro y estampamos la nota marginal en el acta de matrimonio para que produzca efectos frente a todos.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Cónyuges con una sentencia o decreto firme de separación de cuerpos que necesitan inscribirlo para que produzca plenos efectos frente a terceros
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Verificación de que la sentencia esté firme, con auto de ejecución definitiva.
- Gestión de la inscripción ante el Registro que corresponda.
- Seguimiento de la nota marginal en el acta.
- Acompañamiento de un abogado durante el trámite.
- Confirmación de que la inscripción quedó firme.
No incluye
- El arancel oficial del Estado (se paga aparte).
- El juicio para obtener la sentencia, si aún no la tienes (servicio aparte que llevamos).
- La emisión del acta actualizada o nuevos documentos de identidad (servicio aparte).
- La apostilla, si vas a usar el documento en el exterior (servicio que también ofrecemos).
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 3.
- Copia certificada de la sentencia con auto de ejecución definitiva
- Cédula de identidad del solicitante
- Datos del acta de matrimonio que se va a anotar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 3 a 6 días hábiles.
- Paso 1
Nos envías la sentencia
Nos mandas la separación de cuerpos con su auto de ejecución.
Lo haces tú - Paso 2
Verificamos que esté firme
Confirmamos que quedó definitivamente firme.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Gestionamos la inscripción
La inscribimos ante el Registro.
Lo hacemos nosotros - Paso 4
Seguimos la nota marginal
Hacemos seguimiento y te confirmamos cuando quede asentada.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos la sentencia registrada.
Lo recibes tú
Varía según el Registro y el tribunal.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 40 USD, por gestionar y acompañar la inscripción
Lo que se paga al Estado, el arancel oficial del Registro, en bolívares a la tasa del BCV, que no se queda con nosotros El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no registro la separación de cuerpos?
Frente a terceros no existe: las deudas y los bienes siguen en comunidad como si nada. La nota marginal es lo que le da efecto real.
¿Por qué registrar la separación de cuerpos?
Para que la separación decretada produzca efectos frente a terceros y quede en el acta de matrimonio.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 40 USD cubre la inscripción y la nota marginal; los aranceles oficiales van aparte.
¿Debe estar firme la decisión?
Sí; te verificamos que esté lista antes de inscribirla.
¿Qué necesito?
La copia certificada de la decisión; si no la tienes, también la tramitamos.
Sobre este trámite
La separación de cuerpos suspende el deber de convivencia entre los cónyuges y, cuando incluye separación de bienes, cambia el régimen patrimonial; con el tiempo puede convertirse en divorcio. Para que produzca efectos frente a todos, la sentencia o decreto de separación debe inscribirse en el Registro y estamparse la nota marginal en el acta de matrimonio. Ese paso registral es el que hace oponible la separación ante terceros, protege los bienes de cada cónyuge y deja constancia de la nueva situación. Nosotros partimos de tu sentencia o decreto con auto de ejecución definitiva: verificamos que esté firme, gestionamos la inscripción ante el Registro y seguimos la nota marginal en el acta de matrimonio. Te acompañamos hasta que quede debidamente registrada. Si más adelante quieres convertir la separación en divorcio, ese trámite también lo llevamos.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil · Ley Orgánica de Registro Civil
- La sentencia debe estar definitivamente firme, con auto de ejecución.
- Sin la inscripción y la nota marginal, la decisión no produce efectos frente a terceros.
- Si los datos no coinciden con el acta, el Registro objeta; por eso verificamos antes.
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.