Declaración Jurada de Anexos
Es la declaración jurada que se acompaña de documentos anexos, en la que manifiestas bajo juramento que esos recaudos son fieles y verdaderos. Se usa mucho en licitaciones, expedientes y trámites que exigen respaldar lo declarado con documentos.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Para quien participa en licitaciones y contrataciones que exigen declaración jurada con recaudos, para quien consigna expedientes ante instituciones, y para trámites que piden respaldar lo declarado con documentos
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Revisión de los anexos que vas a acompañar.
- Redacción de la declaración identificando y enlazando cada documento.
- Coordinación de la cita en la notaría.
- Acompañamiento el día de la firma.
No incluye
- La obtención ni la traducción de los anexos (los aportas tú). Te lo gestionamos aparte:Traducción →
- Los aranceles de la notaría, que se pagan aparte por folio y suelen ser mayores cuando hay muchos recaudos.
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 5.
- Los documentos que vas a anexar
- Saber para qué trámite es y qué exige sobre los recaudos
- Y tu cédula vigente, porque debes comparecer y firmar en persona
- Importante: el notario da fe de que tú compareciste y declaraste bajo juramento ante él, no de que lo declarado sea cierto
- La responsabilidad por la verdad de lo declarado es tuya, y declarar en falso ante un funcionario tiene consecuencias legales
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 2 a 4 días hábiles.
- Paso 1
Nos das los anexos
Nos dices para qué es y nos muestras los anexos.
Lo haces tú - Paso 2
Enlazamos
Redactamos la declaración enlazando cada documento anexo.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Juras
Coordinamos la cita y compareces, juras y firmas con tu cédula ante el notario.
- Resultado
Listo
Te entregamos la declaración autenticada con sus anexos.
Lo recibes tú
Revisamos tus anexos, redactamos la declaración, la revisas y la firmas ante notario.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel de la Notaría. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes que te informamos por separado. Nuestro honorario base, desde 40 USD, por revisar tus anexos, redactar la declaración enlazando cada documento y gestionar la autenticación
El arancel de la notaría, que se calcula por folio y se paga en bolívares a la tasa del BCV el día del trámite El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la licitación pide declaración de anexos y no la llevo?
Te descalifican por un formalismo, después de haber preparado toda la oferta. Es de los documentos más baratos y de los que más ofertas tumban.
¿En qué se diferencia de la declaración jurada simple?
Esta acompaña documentos y declara que son fieles.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 40 USD cubre la redacción y la gestión notarial; el arancel va aparte y suele ser mayor cuando hay muchos folios anexos.
¿El notario revisa mis anexos?
No, da fe de tu juramento; la veracidad es tuya.
¿Debo ir en persona?
Sí, con cédula vigente y los anexos completos.
Sobre este trámite
La declaración jurada de anexos es una variante de la declaración jurada en la que, además de manifestar un hecho bajo juramento, acompañas documentos (los anexos) y declaras que son fieles, verdaderos y que corresponden a lo que afirmas. Es muy frecuente en licitaciones y contrataciones públicas o privadas, en la consignación de expedientes, en trámites bancarios y ante instituciones que no solo quieren tu palabra, sino los soportes respaldados por esa palabra jurada. Lo que la hace distinta de una declaración jurada simple es precisamente el amarre entre lo que declaras y lo que anexas: cada documento debe quedar identificado y referido dentro de la declaración, de modo que el conjunto se lea como un solo cuerpo y no como una declaración por un lado y unos papeles sueltos por otro. Igual que en toda declaración jurada, el notario da fe de que compareciste y juraste; la veracidad de los anexos es tu responsabilidad. Nosotros redactamos la declaración identificando y enlazando cada anexo, dejando claro qué se declara sobre cada uno, y la autenticamos. Si lo que necesitas es una declaración simple sin recaudos, revisa la Declaración Jurada; si lo que quieres es que el notario reconozca la firma de un documento privado que ya existe, revisa el Reconocimiento de Documento Privado.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil
- Importante. El notario da fe de que tú compareciste y declaraste bajo juramento ante él, no de que lo declarado sea cierto
- La responsabilidad por la verdad de lo declarado es tuya, y declarar en falso ante un funcionario tiene consecuencias legales
- Con anexos, además, cuida que cada documento quede bien identificado en la declaración. Un anexo suelto sin referencia debilita todo el conjunto
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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Con este trámite, casi todos piden también
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