Partición de Herencia sobre Inmueble
Repartimos legalmente entre los herederos el inmueble que dejó un familiar, buscando el acuerdo y evitando el juicio. Que la herencia una a la familia, no la divida.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Herederos que comparten un inmueble tras el fallecimiento de un familiar y necesitan repartirlo y adjudicarlo legalmente, idealmente por acuerdo
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Asesoría para buscar el acuerdo y evitar el juicio siempre que se pueda.
- Revisión de la situación del inmueble y de los recaudos, incluida la declaración sucesoral.
- Redacción del acta o documento de partición.
- Protocolización ante el Registro Inmobiliario.
- Acompañamiento de un abogado con firmeza y con tacto.
No incluye
- El arancel del registro por protocolizar la partición.
- El impuesto sucesoral ante el SENIAT (lo gestionamos aparte).
- La declaración de únicos y universales herederos ante el tribunal, si hace falta (servicio aparte).
- Los gastos del juicio (copias, carteles y publicaciones) si la partición debe ir por la vía judicial. Te lo gestionamos aparte:Publicación →
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 4.
- Documento de propiedad del inmueble
- Acta de defunción y declaración sucesoral
- Datos de todos los herederos
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros.
- Paso 1
Buscamos el acuerdo
Escuchamos tu caso y procuramos la vía amistosa.
Lo hacemos nosotros - Paso 2
Redactamos la partición
Reunimos recaudos y repartimos el inmueble entre los herederos.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Protocolizamos en el Registro
Firmamos ante el Registro, o vamos a la vía judicial si no hay acuerdo.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Cada quien queda con su parte, a su nombre.
Lo recibes tú
La vía amistosa es rápida; la judicial depende del tribunal. Te estimamos al ver tu caso.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes bien distintas. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 180 USD, por asesorar, redactar y protocolizar la partición de principio a fin
Lo que se paga al Estado, el arancel del registro por protocolizar la partición, y aparte el impuesto sucesoral ante el SENIAT El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si los herederos no parten el inmueble?
Sigue a nombre de todos: nadie puede vender ni hipotecar su parte, y cada muerte suma más herederos a la pelea. La partición le pone dueño a cada porción.
¿Cómo se reparte un inmueble heredado entre varios?
Con la partición, que adjudica a cada heredero su parte y se protocoliza.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 180 USD cubre la redacción de la partición amistosa, el visado y la protocolización; el arancel del registro va aparte. Si es judicial, se cotiza aparte.
¿Necesito la solvencia sucesoral?
Sí, antes de partir; te la gestionamos.
¿Y si un heredero no está de acuerdo?
La vía pasa a judicial; te acompañamos en esa ruta.
Sobre este trámite
Cuando un familiar fallece y deja un inmueble, ese inmueble pasa a ser de todos los herederos a la vez, en una especie de sociedad forzosa donde nadie es dueño de una parte concreta hasta que se haga la partición. Y ahí es donde tantas familias se rompen: uno quiere vender, otro quiere quedarse, otro no aparece, y la casa de los padres se convierte en el campo de batalla de los hermanos. La partición es el acto que reparte y adjudica el inmueble, y hay dos caminos: el amistoso, cuando los herederos se ponen de acuerdo y se redacta y protocoliza el acta de partición, que es rápido y económico; y el judicial, cuando hay pleito y toca ir a un tribunal, que es largo, caro y doloroso. Antes de partir hace falta la declaración sucesoral ante el SENIAT. Nosotros te asesoramos con firmeza y con tacto, siempre empujando hacia el acuerdo que le conviene a todos, tramitamos lo del SENIAT si falta, redactamos el acta de partición y la protocolizamos para que cada heredero tenga por fin lo suyo, claro y a su nombre. Ayudamos a que la herencia una a la familia en vez de dividirla.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil · Código de Procedimiento Civil
- La partición puede ser amistosa (acta protocolizada, art. 1.066 CC) o judicial contenciosa (arts. 777 y ss. CPC)
- Requiere declaración sucesoral ante el SENIAT (180 días desde el fallecimiento) antes de partir
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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Con este trámite, casi todos piden también
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