Poder Judicial

Ante la Notaría Pública · SAREN

Es el poder por el cual autorizas a un abogado a representarte en un juicio o proceso ante los tribunales: actuar por ti, presentar escritos, asistir a las audiencias, llevar tu caso. Incluye, cuando corresponde, las facultades expresas que la ley exige, como convenir, desistir o transigir.

En promedio 2 a 4 días hábiles Te atiende el equipo de Derecho Civil Te acompañamos el día de la firma

Pedir tu cotización no te compromete

  1. Nos cuentas tu caso. Es gratis.
  2. Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
  3. Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.

Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.

¿Es para ti?

Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.

  • Para quien tiene o va a tener un juicio o proceso ante tribunales, civil, mercantil, laboral, y necesita autorizar a un abogado para que lo represente, con las facultades que el caso requiere

Qué incluye y qué no

Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.

Incluye

  • Asesoría sobre las facultades que tu caso necesita, incluidas las expresas que exige la ley.
  • Redacción del poder judicial a tu medida.
  • Coordinación de la cita en la notaría.
  • Acompañamiento durante la autenticación de tu firma ante el notario.

No incluye

  • La representación en el juicio en sí, que la ejerce el abogado a quien le das el poder.
  • La asesoría sobre el fondo del caso, que es de tu abogado.
  • El arancel oficial de la notaría, que se paga aparte, un monto fijo más un monto por folio.

Súmale a tu trámite

Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.

Lo que necesitas

Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.

Tienes 0 de 5.

  • Tu cédula vigente, como otorgante
  • Los datos completos del abogado o abogados a quienes das el poder, incluido su número de inpreabogado
  • Y una idea del caso, para definir las facultades
  • Lo ideal es coordinar con tu abogado
  • El otorgante debe firmar en persona ante el notario

Cómo funciona el proceso

Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 2 a 4 días hábiles.

  1. Paso 1

    Nos dices el caso

    Nos cuentas de qué caso se trata y a qué abogado le das el poder.

    Lo haces tú
  2. Paso 2

    Definimos las facultades

    Fijamos las facultades que necesita, incluidas las expresas, y redactamos el poder.

    Lo hacemos nosotros
  3. Paso 3

    Firmas

    Lo revisas con tu abogado, coordinamos la cita y firmas ante el notario, que autentica tu firma.

    Lo haces tú
  4. Resultado

    Listo

    Te entregamos el poder judicial autenticado, listo para consignar en el expediente.

    Lo recibes tú

Redactamos el poder, lo revisas con tu abogado y coordinamos la firma ante notario. El otorgante debe firmar en persona ante el notario, con su cédula.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.

A nosotrosdesde 60 USD

Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.

Al organismoAparte

El arancel de la Notaría. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.

Cómo pagas: Pagas una sola vez, al arrancar. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.

¿Cómo se calcula tu inversión?

Tu inversión tiene dos partes que te informamos por separado. Nuestro honorario base, desde 60 USD, por redactar el poder con las facultades correctas y coordinar la autenticación

El arancel oficial de la notaría, un monto fijo por el acto más un monto por cada folio del poder. Los montos oficiales se pagan en bolívares a la tasa del Banco Central el día de la firma El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi abogado no tiene poder para actuar?

No puede representarte en el juicio, y hay actos fuertes que no podrá hacer aunque tenga el poder, si no están expresamente autorizados. Es lo primero que te va a pedir antes de meter el escrito.

¿Cuánto cuesta?

El honorario desde 60 USD cubre la redacción con las facultades que tu caso necesita y el acompañamiento a la firma. El arancel de la notaría se paga aparte; te lo damos completo antes.

¿Qué son las facultades expresas?

Actos fuertes como convenir, desistir o transigir, que la ley exige que estén dichos explícitamente en el poder. Si faltan, el abogado no los puede ejecutar.

¿Puedo dárselo a varios abogados?

Sí, se puede otorgar a más de uno, conjunta o separadamente.

¿Debo firmar yo?

Sí, el otorgante firma en persona ante el notario. Si estás fuera del país, se resuelve por consulado o con poder apostillado.

Sobre este trámite

El poder judicial es el que le das a tu abogado para que te represente en un juicio: puede presentar demandas o contestarlas, promover pruebas, asistir a las audiencias, ejercer recursos, en fin, llevar tu caso en tribunales sin que tú tengas que estar en cada acto. Es distinto del general y del especial porque su terreno es el litigio, y tiene una particularidad legal importante: ciertas facultades fuertes, como convenir en la demanda, desistir del juicio, transigir, comprometer en árbitros o recibir cantidades, no se entienden incluidas solas; la ley exige que estén dichas de forma expresa en el poder. Si tu poder no las menciona y tu caso las necesita, tu abogado se queda con las manos atadas en el momento clave. Ahí está el valor de redactarlo bien: incluir exactamente las facultades que tu caso requiere, ni de menos, que te dejen a mitad de camino, ni de más, sin control. Como en todo poder, el notario autentica que la firma es tuya, dándole fe pública. Lo ideal es que lo revisemos de la mano de tu abogado, para que el poder calce con la estrategia del caso. El otorgante debe firmar en persona ante el notario.

¿Tu caso es distinto?Pregúntanos, escríbenos por WhatsApp o pide una consulta gratis. Te responde una persona.

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