Dación en Pago de Inmueble
Redactamos y protocolizamos la entrega de un inmueble para saldar una deuda. Salda lo que debes con tu propiedad, de forma legal y definitiva.
Pedir tu cotización no te compromete
- Nos cuentas tu caso. Es gratis.
- Te mandamos el precio por escrito, en 1 a 3 horas.
- Tú decides. Si te conviene, arrancamos. Si no, la eliminas con un clic y no pagas nada.
Nadie te va a presionar. Tus datos se usan solo para tu caso.
¿Es para ti?
Si te ves en alguna de estas, este trámite es el tuyo.
- Deudores que quieren saldar una deuda entregando un inmueble, o acreedores que la aceptan, y necesitan formalizarlo con seguridad
Qué incluye y qué no
Todo claro desde el principio. Sin letra pequeña.
Incluye
- Verificación de que el inmueble esté limpio (recomendamos estudio registral previo).
- Reunión y revisión de solvencias y recaudos del inmueble.
- Redacción del documento que protege los intereses de nuestro cliente.
- Protocolización o tramitación ante el Registro Inmobiliario.
- Acompañamiento de un abogado durante toda la operación.
No incluye
- El arancel del registro (2% del valor) ni los impuestos (Forma 33 del SENIAT si no es vivienda principal).
- Las solvencias municipales y catastrales, si hay que gestionarlas (servicio aparte que también hacemos). Te lo gestionamos aparte:Permisos municipales →
- La verificación registral previa del inmueble (servicio aparte muy recomendado).
- La liberación de hipotecas o gravámenes previos, si los hay.
Súmale a tu trámite
Márcalo y lo incluimos en tu cotización. Tú decides al final.
Lo que necesitas
Ve marcando lo que ya tienes. No hace falta tenerlo todo para pedir tu cotización.
Tienes 0 de 4.
- Documento de propiedad vigente del inmueble
- Solvencias municipales, cédula catastral y solvencia del SENIAT según el caso
- Cédulas y datos de las partes
- Tu contacto para coordinar
Cómo funciona el proceso
Tú haces poco. Del resto nos encargamos nosotros. Todo el proceso: en promedio 7 a 20 días hábiles.
- Paso 1
Revisamos el inmueble
Verificamos su estado registral y la deuda que se salda.
Lo hacemos nosotros - Paso 2
Redactamos la dación
Reunimos solvencias y preparamos el documento.
Lo hacemos nosotros - Paso 3
Protocolizamos en el Registro
Firmamos ante el Registro Inmobiliario.
Lo hacemos nosotros - Resultado
Listo
Te entregamos el documento protocolizado y la deuda extinguida.
Lo recibes tú
Según solvencias, avalúo y disponibilidad del registro.
Cuánto cuesta y cómo se paga
Son dos pagos distintos, y queremos que los veas claros.
Nuestro honorario: hacemos todo el trabajo por ti.
El arancel del Registro. Va directo al organismo y te damos el monto exacto, con su comprobante, antes de que pagues nada.
Cómo pagas: 50 % al arrancar y 50 % cuando te entregamos. En dólares, en bolívares a tasa BCV o con Cashea.
¿Cómo se calcula tu inversión?
Tu inversión tiene dos partes bien distintas. Lo que pagas a nosotros, honorarios profesionales, desde 150 USD, por gestionar y redactar todo el proceso de principio a fin
Lo que se paga al Estado (SAREN), el derecho de registro es por ley el 2% del valor del inmueble, más un 1 por mil (0,1%) y las planillas. Ese monto no se queda con la firma; es del registro y depende directamente del valor de tu inmueble El abogado te da el número exacto antes de pagar nada, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si entrego el inmueble para pagar una deuda sin protocolizarlo?
La deuda sigue viva y el inmueble sigue siendo tuyo en el papel: el acreedor puede reclamar las dos cosas. La protocolización cierra la deuda y transfiere el bien de una vez.
¿Qué es dar un inmueble en pago de una deuda?
Es transferir la propiedad para saldar una deuda; redactamos el documento y lo protocolizamos.
¿Cuánto cuesta?
El honorario desde 150 USD cubre la redacción, el visado y la protocolización; el arancel del registro va aparte y se calcula como una venta, el 2% sobre el valor del inmueble.
¿Es seguro recibir sin verificar?
No: el acreedor debe hacer el estudio registral previo, igual que un comprador.
¿El documento deja constancia de que la deuda quedó saldada?
Sí, ese finiquito es parte esencial de lo que redactamos.
Sobre este trámite
La dación en pago es entregar un inmueble para saldar una deuda que no puedes o prefieres no pagar en efectivo: en lugar de dinero, el deudor le transfiere al acreedor la propiedad, y con eso la deuda queda extinguida. Es una salida muy usada cuando alguien tiene un inmueble pero no liquidez, y le permite quedar libre de una obligación pesada sin pasar por un juicio. Pero hay que hacerla bien: debe quedar clarísimo que la entrega del inmueble cancela la deuda total o parcialmente, a qué valor se computa, y que el inmueble esté limpio para poder transferirse. Mal hecha, puede dejar al deudor debiendo todavía o al acreedor con un inmueble lleno de trabas. Nosotros redactamos el documento de dación en pago protegiendo a nuestro cliente, verificamos que el inmueble esté en regla, y lo protocolizamos ante el registro para que la transferencia y la extinción de la deuda queden legalmente selladas. Cierras el capítulo de esa deuda de forma definitiva.
Marco legal y notas importantes
Ley de Registros y Notarías · Código Civil
- La dación en pago transfiere el inmueble para extinguir la deuda; se protocoliza y paga arancel de registro (2%)
- El inmueble debe estar libre y con solvencias
- Debe constar el valor imputado a la deuda
Te garantizamos el servicio, no lo que decida el organismo. Si algo depende de ellos, te lo decimos claro y a tiempo.
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Con este trámite, casi todos piden también
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